Programa de Condonación Fiscal 2013

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Al igual que se hizo en el año de 2007, en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013 se establecen programa de condonación, total o parcial,de créditos fiscales adeudados por los contribuyentes, identificados con los siguientes conceptos:

• Contribuciones federales cuya administración corresponda al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a las entidades federativas en el marco del sistema de coordinación fiscal.
• Cuotas compensatorias.
• Actualizaciones y accesorios de ambas.
• Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, como las formales, por ejemplo.

Las reglas aplicables para la condonación atienden al origen de los créditos fiscales y a los ejercicios que correspondan, y son las siguientes:

I. Para los créditos fiscales anteriores al 1º de enero de 2007 la condonación será del 80% de su monto principal y el 100% de recargos, multas y gastos de ejecución relacionados con los mismos.

La parte no condonada delos créditos fiscales deberá ser pagada totalmente y en una sola exhibición.

II. Para los créditos fiscales causados entre el 1º de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2012,la condonación será del 100% de los recargos y multas relacionados con los mismos (no se aplica a contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas). La condonación del 100% también se hará respecto de las multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago.

Al igual que en el supuesto anterior, lo contribuyentes deberán pagar el monto principal de los créditos fiscales, con su correspondiente actualización, en su totalidad y en una sola exhibición.

III. Las multas impuestas durante el ejercicio fiscal de 2012 y 2013 serán reducidas en 60%, excepto las impuestas por haberse declarado pérdidas fiscales en exceso, y siempre que se paguen dentro de los 30 días siguientes a su notificación.

IV. Las reglas específicas aplicables en este tema son las siguientes:

• La condonación deberá solicitarse por los contribuyentes ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
• La condonación procederá tanto para créditos fiscales determinados porla autoridad fiscal ocomo para los autodeterminados por los contribuyentes, tanto de forma espontánea como por corrección.
• Si se trata de créditos fiscales diferidos o que estén siendo pagados a plazo, la condonación se aplicará sobre saldos pendientes de cubrir.
• Si los créditos fiscales fueron impugnados mediante recurso administrativo o juicio de nulidad, es necesario que a la fecha en que se presente la solicitud de condonación, tales medios de defensa haya concluido en definitiva, o bien, si no han concluido, que los contribuyentes se desistan de los mismos.
• Si el SATya ha iniciado el procedimiento administrativo de ejecución, en la solicitud de condonación los contribuyentes podrán solicitar que se suspenda.
• No se podrán condonar créditos fiscales pagados, ni adeudos relacionados con infracciones por las que se haya condenado a los contribuyentes en materia penal.
• Será necesario que el SATemita las reglas para la aplicación de la condonación, lo cual deberá realizar a más tardar en marzo de 2013.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.