Corte corrige a la ASF y avala sancionar al SNTE [E-Consulta]

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) corrigió la plana a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

Y es que la primera sala de la Corte instó a la ASF a fincar responsabilidades contra funcionarios y buscar la recuperación de fondos federales desviados para pagar a comisionados sindicales del SNTE.

La sala concedió por unanimidad un amparo a Aprender Primero, el brazo jurídico de la organización Mexicanos Primero, contra la omisión de la Auditoría para prevenir y castigar el desvío de estos recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB) en 2009 y 2010.

En su resolución le dejó un resquicio a la ASF para que funde y motive legalmente las razones para no hacerlo. Hasta el momento no lo ha hecho.

Según Mexicanos Primero, la Auditoría incurrió en varias omisiones: no fincó responsabilidad alguna en casos que detectó irregularidades, declinó la investigación en favor de órganos estatales o se dio por resuelto el problema con el reintegro del dinero, pero sin aplicar sanciones.

Durante el trámite del amparo –diseñado por el litigante Luis Manuel Pérez de Acha–, la ASF sostuvo que la Secretaría de la Función Pública y la PGR son las que pueden imponer estas sanciones.

“La autoridad (la Auditoría) deberá demostrar que ya realizó todas las acciones necesarias para el ejercicio de sus facultades o, en su caso, de no haberlo hecho, para que las lleve a cabo”, explica la Sala.

El caso es inédito porque, por primera vez, la Corte reconoce que las asociaciones civiles tienen interés legítimo para reclamar, por medio del juicio de amparo, los actos u omisiones de autoridades relacionadas con su objeto social, aún cuando dichos actos no les afecten directamente.

El presidente de Mexicanos Primero, Claudio X González, calificó de histórica la decisión, por reconocerles interés jurídico para reclamar la devolución de los recursos de la educación desviados para favorecer al SNTE, sus comisionados y aviadores.

La decisión de la Corte, explicó, es que la ASF ya no podrá darse por satisfecha con sólo reportar el tamaño del desvío de los recursos educativos.

“De este modo se le pone un alto a la corrupción del recurso educativo y a la impunidad en esta materia, lo cual ha lastimado por décadas a la educación en el País”, explicó.

En 2010, la Auditoría Superior determinó que 3 mil 149 millones de pesos del FAEB se destinaron por los estados al pago de maestros comisionados en el SNTE, mientras que mil 928 millones fueron desviados en 2009.

Expande concepto de interés legítimo

Al resolver a favor de Mexicanos Primero, la Corte reconoció por primera vez que las asociaciones civiles tienen interés legítimo para reclamar, por medio del juicio de amparo, los actos u omisiones de autoridades relacionadas con su objeto social, aún cuando dichos actos no les afecten directamente.

“Con la finalidad de que no se vea frustrado el objeto social de la persona jurídica, es factible permitir el acceso al amparo para proteger el derecho a la educación, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las acciones relacionadas al destino de los recursos públicos”, dice la sentencia.

Se trata de una expansión histórica del concepto de interés legítimo, previsto en la Ley de Amparo vigente desde abril de 2013, que busca facilitar la promoción de amparos más allá del tradicional interés jurídico, en el que se requiere que el acto de autoridad provoque una afectación directa al ciudadano.

En primera instancia, el amparo fue desechado por la juez federal Ana Luisa Mendoza, quien consideró que Mexicanos Primero no tenía interés jurídico ni legítimo para cuestionar estas omisiones, ya que no le afectan en modo alguno.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.