Clouthier: ¿Por Qué Dos Demandas?

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El hecho de que Clouthier presentara dos demandas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y de que la primera de ellas se haya desechado, es acorde con la estrategia legal diseñada al efecto, como resulta de la siguiente narrativa:

 

1. Como es sabido, en sesión celebrada el día 29 de marzo pasado el Consejo General del IFE resolvió negar su registro como candidato independiente al cargo de Presidente de la República por el período comprendido del 1º de diciembre de 2012 al 30 de noviembre de 2018. En la misma sesión se negó ese derecho a otros 55 ciudadanos que formularon la misma petición.

 

2. Después de cuatro días de espera y ante la tardanza por parte del IFE para notificarle el acuerdo emitido en dicha, en un plan estratégico sometido a la consideración de Clouthier por el equipo de abogados que lo asesora, él tomó la decisión de presentar una primera demanda ante el Tribunal Electoral Federal el martes 3 de abril, con un doble propósito: por un lado, continuar en un estado de incertidumbre procesal y evitar que transcurriera en exceso el plazo legal para impugnar el acuerdo; y por otra parte, que era lo más importante, apremiar al IFE para que legal y materialmente le notificara dicho acuerdo y, por ende, se conocieran los fundamentos y motivos que sustentaron la negativa para otorgarle el registro solicitado.

 

Esa demanda dio lugar al juicio ante el Tribunal Electoral en el expediente JDC 566/12, bajo la ponencia de la Magistrada María del Carmen Alanís, que fue el que ayer quedó desechado.

 

3. La estrategia legal implementada en relación con esa primera demanda produjo los efectos buscados, pues justo al día siguiente de la misma fue presentada –es decir, el miércoles 4 de abril– fui formalmente noticiado el acuerdo emitido por el Consejo General del IFE el 29 de marzo anterior.

 

4. En congruencia con la estrategia legal adoptada, el sábado 7 de abril pasado Clouthier interpuso una segunda demanda ante el propio Tribunal Electoral, en la que, en lo específico y con pleno conocimiento de causa, se combaten todos y cada uno de los fundamentos y motivos del Consejo General del IFE para negarle la solicitud de registro como candidato independiente a Presidente de la República.

 

Este juicio está pendiente de que se le asigne número y que se designe al Magistrado ponente, lo cual deberá hacerse el día de hoy.

 

5. La estrategia legal está en los cauces conocidos y plenamente anticipados por los abogados. Por ello, En ese aspecto, es indudable que la primera demanda, que fue la desechada por el Tribunal Electoral cumplió el objetivo inicialmente fijado de apresurar al IFE a que notificara el acuerdo tomado el 29 de marzo, lo cual, como quedó expuesto, se realizó el miércoles 5 de abril.

 

6. Por lo tanto, en el marco de la estrategia legal planeada la expectativa sigue siendo que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los plazos que correspondan, asigne un número de expediente a la segunda demanda, designe Magistrado ponente y, en su oportunidad, emita la sentencia que conforme a derecho proceda, que no puede ser en otro sentido que reconocer a Clouthier el derecho humano a ser votado para el cargo de Presidente de la República y, en consecuencia, que se ordene al IFE su registro como candidato independiente y que su nombre aparezca en la boletas electorales del 1º de julio próximo.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.