Los trucos del “gasolinazo”
A partir de 2016 la mecánica cambiará, de manera que el IEPS dejará de ser variable para convertirse en un impuesto fijo que se ajustará anualmente al ritmo de la inflación. Así, por ejemplo, la gasolina Magna -menor a 92 octanos- tendrá dos cuotas: una de 4.16 pesos y otra de 38.68 centavos por litro. La primera será para el fisco federal; la segunda para los estados y municipios en términos de la Ley de Coordinación Fiscal.
Lo anterior significa que con independencia de cuál sea el precio internacional del petróleo y cuál el de la gasolina en México, el gobierno federal recibirá el IEPS por litro vendido en cuotas fijas, asegurando con ello los ingresos esperados para 2016 en cantidad de 209 mil millones de pesos.
Sin embargo, el IEPS no es lo que definirá el precio de la gasolina al consumidor final. Durante 2016 y 2017 operará un sistema híbrido sustentado en dos ejes cuya determinación corresponderá por completo al Secretario de Hacienda.
El sistema híbrido tiene como antecedente la reforma constitucional en materia energética, que dispone que para el año entrante la gasolina se comercialice libremente -no sólo por Pemex- y que en 2017 se pueda importar por cualquier empresa que cumpla con los requisitos que al efecto se establezcan. La misma reforma prevé que en esos años los precios sean fijados por el gobierno federal, y que en 2018 se dejen al libre mercado.
Como se señaló, la Ley del IEPS prevé una doble mecánica para fijar el precio de la gasolina al consumidor final. El primero de ellos es una banda de valores mínimos y máximos que operará como garantía, tanto para el gobierno federal como para los consumidores, de que los precios no rebasarán ciertos rangos. Así, por ejemplo, si para el año entrante el precio mínimo para la gasolina fuese de 10 pesos y el máximo de 14 pesos por litro, el precio en el que la compraríamos no podría ser menor ni mayor a esos valores.
El segundo eje de la fórmula legal es propiamente el precio final de la gasolina, el que podrá fluctuar conforme lo decida el Secretario de Hacienda dentro de la banda de valores mínimos y máximos previamente establecidos por él. Continuando con el ejemplo, si los rangos son de 10 y 14 pesos, respectivamente, el precio podrá ser de 11 pesos en enero, 13 en febrero, 10 en marzo, etcétera, pero nunca de 9 o 15 pesos.
Las autoridades hacendarias han reiterado que el IEPS establecido en cantidad fija no implicará el aumento en el precio de la gasolina. Esto es una verdad a medias, pues lo que podría dar lugar a los gasolinazos no es ese impuesto, sino los dos ejes que serán definidos por el Secretario de Hacienda y que vertebran el sistema híbrido antes explicado.
Como se ve, el sistema es complejo y por lo mismo imposibilita predecir cuál será el precio de la gasolina en los siguientes dos años. Al final de cuentas, lo único cierto es que el precio quedará en manos del Secretario de Hacienda.