El SAT arrancará un intenso programa de fiscalización mediante revisiones electrónicas. Hay 6 cosas que debes saber.
En lo que va de 2016, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha desplegado una campaña mediática para informar que está por arrancar un intenso programa de fiscalización a través de revisiones electrónicas.
Este mecanismo fue introducido en 2014 con el propósito de verificar, con base en el análisis de la información y documentación que obra en poder de la autoridad, si los contribuyentes hemos cumplido con el pago de nuestros impuestos.
A partir de la información que nosotros mismos proporcionamos al SAT y la que es suministrada por terceros con los que nos relacionamos, es indudable que las revisiones electrónicas serán una poderosa herramienta de fiscalización.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que las autoridades tienen casi toda –por no decir que toda– la información relacionada con el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales. Esto es resultado de la contabilidad electrónica que entregamos al SAT, los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), las declaraciones informativas que mensual y anualmente presentamos en formato electrónico, etcétera.
De este modo, sólo escapan de su conocimiento las operaciones que celebramos con el sector informal, así como las transacciones en las que participamos como consumidores finales, y en las que por su naturaleza no se identifica nuestro nombre y registro federal de contribuyentes (RFC). Fuera de esto, prácticamente la totalidad de la información obra en poder del SAT.
Los aspectos relevantes de las revisiones electrónicas que realizará el SAT, son las siguientes:
- Como se mencionó, el propósito de esta herramienta es fiscalizar el pago de contribuciones. Esto puede implicar muchos –no pocos– rubros o conceptos específicos por los cuales pagamos impuestos. Ello lo decidirá libremente el SAT.
- Todas las actuaciones del SAT y las notificaciones a los contribuyentes se efectuarán a través del buzón tributario. Aunque su implementación ha dado tumbos, lo cierto es que en el mediano plazo será una realidad.
- Podemos entrever la manera como operará este mecanismo: bastará un simple cruce de información en las respectivas bases de datos para que afloren las inconsistencias y las omisiones en el pago de los impuestos. En teoría deberá ser algo sencillo y rápido. Bastará un ‘teclazo’ en las computadoras de las autoridades para ello.
- Una vez hecho lo anterior, el SAT emitirá una resolución provisional. Los contribuyentes contarán con un plazo de 15 días para ejercer su defensa y presentar pruebas.
- Junto con la resolución provisional, el SAT enviará un oficio de preliquidación de los impuestos omitidos. Este oficio en automático se convertirá en definitivo cuando los contribuyentes no se defiendan.
- En caso de que los contribuyentes se defiendan, pero no logren desvirtuar las irregularidades que se les imputan, el SAT emitirá un nuevo oficio de liquidación, el cual también será definitivo.
En la medida que las autoridades logren la implementación de las revisiones electrónicas, la fiscalización sobre los contribuyentes será más efectiva. En el escenario actual, el SAT cuenta con amplia información sobre nuestra situación fiscal y con los medios para procesarla con relativa facilidad. La tecnología al servicio del Big Brother fiscal.