Ante la magnitud de los casos de corrupción aflorados en Veracruz, Quintana Roo y Chihuahua, ¿hay algo más que deba hacerse? ¿El presidente Enrique Peña Nieto no tendría que ordenar indagatorias especiales por corrupción, fraude fiscal, lavado de dinero y hasta delincuencia organizada en contra de César Duarte, Roberto Borge y Javier Duarte?
Es incierto el resultado de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el presidente Enrique Peña Nieto, en contra de los blindajes implementados por los gobiernos de Chihuahua, Veracruz y Quintana Roo. El éxito en ellas dependerá de la solidez de la argumentación expuesta, pero, sobre todo, de si en realidad se ha violado la Constitución Federal. Así sucede en todo litigio, en particular ante la Suprema Corte de Justicia.
Esas acciones son atinadas, en tanto que buscan anular maquinaciones que son política y socialmente cuestionables. Los argumentos jurídicos de la PGR no se analizará ahora. El propósito es preguntar: ¿y qué otras acciones emprenderá el gobierno federal? Ante la magnitud de los casos de corrupción aflorados en los tres estados, ¿hay algo más que deba hacerse? ¿El presidente Peña Nieto no tendría que ordenar indagatorias especiales por corrupción, fraude fiscal, lavado de dinero y hasta delincuencia organizada en contra de César Duarte, Roberto Borge y Javier Duarte? La respuesta es que sí. Veamos por qué.
Lo primero a tener en cuenta es que los blindajes en Chihuahua, Veracruz y Quintana Roo sólo operan respecto de la corrupción local. En otras palabras, cuando la corrupción de los funcionarios estatales dé lugar a delitos federales, los blindajes serán inoperantes, por lo que no podrán protegerlos. Esto debe es importante remarcarlo.
Un ejemplo ayudará a entender lo anterior: cada año la federación transfiere una cantidad importante de dinero a los estados. En 2016, la misma ascenderá a 1.3 billones de pesos -equivalente a la recaudación total por concepto de ISR-, de la cual 600 mil millones corresponde a aportaciones que nunca perderán el carácter de federales. De ahí que el uso indebido de estos recursos constituya un delito federal, no local, como lo explico en los párrafos siguientes.
En efecto, supongamos que de esas aportaciones el gobierno federal destina 100 millones de pesos al gobierno de Veracruz, para la construcción de una carretera rural. Estos recursos están ‘etiquetados’ y sólo pueden destinarse a ese propósito. Por lo tanto, a pesar de que los mismos se administren y ejerzan por el gobierno local, se consideran como federales para efectos legales.
Continuando con el ejemplo, imaginemos que uno o varios de los funcionarios de Veracruz aceptan mordidas de constructores, para verse favorecidos con la asignación de contratos. La modalidad preferida para camuflar estos actos de corrupción son las facturas falsas. Con esto se configura el delito de cohecho, y como resulta inimaginable que los funcionarios paguen impuestos sobre los ingresos obtenidos ilícitamente -nada los exceptúa de hacerlo-, también incurren en el delito de defraudación fiscal. Es decir, dos delitos federales respecto de una misma conducta.
Aún hay más. El cohecho y la defraudación fiscal van de la mano con otro delito: el lavado de dinero; y si para articular este último participan tres o más personas, entonces se actualiza el de delincuencia organizada. En total, cuatro delitos federales sancionados con severidad por la legislación penal.
Las autoridades competentes para investigar esa gama de delitos y perseguirlos son el SAT, la Auditoría Superior de la Federación, la Unidad de Inteligencia Financiera, la Secretaría de la Función Pública y la PGR. Lo que sigue, por lo tanto, es que estas instituciones actúen en contra de los funcionarios corruptos no sólo de Chihuahua, Veracruz y Quintana Roo, sino también del resto de los estados del país que operan de manera similar.
El primer paso dado por el presidente Peña Nieto es significativo, pero insuficiente aún. Lo que falta es que se proceda penalmente en contra de los responsables.