La reforma constitucional de noviembre de 2007, que permitió que los ciudadanos impugnaran las resoluciones del INE ante el Tribunal Electoral se le debe, en gran medida a Jorge Castañeda Gutman. El caso ”Castañeda vs. México’’ no ha terminado de valorarse en nuestro país a pesar de ser haber sido un catalizador de la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos.
A mediados de la administración panista del presidente Vicente Fox (2000-2006), la primera de alternancia después de 71 años de hegemonía priista, la imposibilidad de los partidos para representar los ideales políticos de sus afiliados, las luchas internas y la desconfianza resquebrajaban con rapidez su estructura, a pesar de la trascendental victoria de la oposición.
La Constitución en el capítulo de los Derechos del Ciudadano ofrecía una alternativa que Jorge Castañeda decidió tomar en marzo de 2004. Solicitó al entonces Instituto Federal Electoral (IFE) su registro para postularse como candidato sin partido para contender en las elecciones para la Presidencia de la República del 2006. El registro le fue negado. En esos años, los ciudadanos no teníamos la opción de impugnar las resoluciones del IFE ante el Tribunal Electoral. Por ello, Castañeda solo tuvo la opción de promover un juicio de amparo.
En agosto de 2005, mediante sentencia (http://bit.ly/2J0LgeN), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el juicio era improcedente, lo que dejó a Castañeda sin defensa alguna.
Esta situación llevó a Castañeda a denunciar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, bajo un doble argumento: el primero, que en el sistema jurídico mexicano las resoluciones del IFE era inatacables, lo que afectaba su derecho humano al recurso judicial efectivo; y el segundo, que se violaba su derecho humano a ser electo a la presidencia de la República como candidato independiente.
El asunto se turnó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (http://bit.ly/2Nt5mBL), quien lo resolvió en agosto de 2008 y condenó al Estado Mexicano por no contar con un recurso de defensa para que Castañeda impugnara la resolución negativa del IFE. Sin embargo, en el tema referente a la candidatura independiente, la resolución (http://bit.ly/2zj9PEc) de la Corte Interamericana consideró que no se violaba derecho alguno en su perjuicio.
Meses después se reformó la legislación electoral para ratificar la procedencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos.
Para efectos procesales, la relevancia del caso “Castañeda vs. México” estriba en que indujo una reforma constitucional de noviembre de 2007, que permitió que los ciudadanos impugnaran las resoluciones del ahora Instituto Nacional Electoral ante el Tribunal Electoral. Antes de la reforma detonada por Castañeda, esa posibilidad era inviable. Sin duda, Jorge Castañeda y su equipo de abogados fueron los catalizadores de ese logro.