El Sistema Nacional Anticorrupción, un tema pendiente

El Sistema Nacional Anticorrupción, un tema pendiente

1. México reprobado en la lucha contra la corrupción

La corrupción en México es un problema sistémico que parece no tener solución. A pesar de la expectativa generada en 2015 con la creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), la percepción ciudadana actual es de un estancamiento institucional.

Lo anterior se refleja en el Índice de Percepción de la Corrupción de la organización Transparencia Internacional, que mide el nivel percibido de corrupción en el sector público, en una escala de 0 a 100, donde 0 significa altamente corrupto. De acuerdo con la publicación del 10 de febrero de 2026, México obtuvo una puntuación de 27/100. Este índice mide las siguientes manifestaciones de corrupción en el sector público:

  • Soborno
  • Malversación de fondos públicos
  • Funcionarios que utilizan su cargo público para obtener lucro personal sin afrontar las consecuencias
  • Capacidad de los gobiernos para prevenir la corrupción en el sector público
  • Excesiva burocracia en el sector público que puede incrementar las oportunidades de ejercer la corrupción
  • Nepotismo en los nombramientos de funcionarios públicos
  • Legislación que garantice la transparencia en las declaraciones de finanzas personales y posibles conflictos de interés en los cargos públicos
  • Protección legal de denunciantes de casos de soborno y corrupción
  • Captura del estado por intereses privados
  • Acceso a la información sobre asuntos públicos de interés ciudadano y actividades de gobierno.[Fuente: https://www.transparency.org/es/news/how-cpi-scores-are-calculated]

Al observar la evolución del Índice de Percepción de la Corrupción, la tendencia de la puntuación de México ha venido a la baja:

 

 

Fuente: https://www.transparency.org/en/cpi/2025/index/mex

 

¿Por qué si hace más de diez años se creó un sistema para el combate a la corrupción, al día de hoy no vemos avances? La explicación no reside en la falta de legislación, sino en fallas estructurales y una parálisis que ha obstaculizado su desarrollo. Para comprender este fenómeno, es importante examinar el SNA desde su origen, identificando los vicios iniciales que subsisten al día de hoy.

2. Participación ciudadana: un derecho constitucional sin presupuesto

El diseño original del SNA tuvo un gran acierto: la creación del Comité de Participación Ciudadana (CPC) como el eje rector del sistema. Desde el texto de la Constitución Federal se protegió la voz ciudadana, buscando que la sociedad civil no solo vigilara, sino que presidiera el combate a la corrupción. Sin embargo, desde la perspectiva de quienes integramos este comité en sus primeros años, la realidad operativa es otra.

A los Comités de Participación Ciudadana, tanto el nacional como los de las entidades federativas, no se les otorgó presupuesto, limitando así su operación. Llegando al absurdo de carecer de:

  • Oficinas propias para recibir denuncias o sesionar.
  • Personal administrativo de apoyo técnico.
  • Servicios básicos de telefonía y papelería.
  • Insumos tecnológicos y equipo de computación actualizado.

 3. El problema con la legislación secundaria

El SNA se creó desde la Constitución Federal y en un conjunto de leyes, algunas nuevas como la Ley General del SNA y otras que fueron reformadas, dando un total de siete leyes que definieron el funcionamiento de este sistema.

Un cambio estructural se presentó en el régimen de responsabilidades de los servidores públicos, con la emisión de una nueva ley: la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en la cual se establecen los actos de corrupción como faltas administrativas, entre las que se encuentra el soborno, peculado, cohecho, desvío de recursos públicos, uso indebido de información, abuso de funciones, actuación bajo conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto, cometidas por servidores públicos y, en algunos casos, particulares.

Esta ley ha presentado problemas en su aplicación, dificultando la efectividad de los procedimientos seguidos para sancionar actos de corrupción. Uno de los cuestionamientos estructurales radica en definir si se trata de una ley sustantiva o de una ley marco. Si se considera como ley sustantiva, sería el ordenamiento único y uniforme aplicable a nivel federal y en todos los estados. Sin embargo, algunas entidades federativas la califican como una ley marco y, por lo tanto, ellas emitieron sus propias leyes estatales de responsabilidades administrativas, lo que generó un vacío a nivel federal en tanto no existe una ley federal en materia de responsabilidades administrativas.

4. Sillas vacías en el tribunal anticorrupción

Para seguir los procedimientos por faltas administrativas se creó la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, especializada en anticorrupción. Esta  sala operó durante varios años con solo dos, de los tres magistrados requeridos, a pesar de ser la encargada de tramitar las faltas administrativas graves cometidas por servidores públicos y particulares, y de aplicar las sanciones correspondientes.

Incluso, desde mayo de 2018 los primeros integrantes del CPC promovimos juicio de amparo porque en ese momento no se había nombrado a ninguno de los magistrados. El juzgado federal de amparo reconoció que la omisión de designar a los magistrados anticorrupción violaba el derecho humano a un ambiente libre de corrupción y atentaba en contra de la obligación de rendir cuentas y actuar con transparencia.

La falta de nombramientos de magistrados anticorrupción es, quizás, la muestra más clara de la falta de voluntad política para que el sistema funcione. 

5. El reto en el combate a la corrupción

El fortalecimiento del combate a la corrupción en México no vendrá de más reformas, sino de corregir en la práctica los vicios de origen del SNA. Se debe dotar de verdadera autonomía financiera a los Comités de Participación Ciudadana, resolver la incertidumbre jurídica que rodea a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, junto con la voluntad real de investigar y sancionar a los responsables.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.