Donald Trump y la posible designación de los cárteles de la droga como FTO

Donald Trump y la posible designación de los cárteles de la droga como FTO

Donald Trump ha amenazado con designar como organizaciones terroristas (FTO) a los cárteles de las drogas de México. De hacerlo, ¿cuáles son las reglas aplicables? ¿Qué consecuencias legales y prácticas se tendrían en nuestro país? A continuación lo explico:

El sistema de Estados Unidos es sólido y tiene varias décadas en operación. En la lista de FTO aparecen 70 organizaciones, entre ellas: Hamas, Hezbollah, ISIS y Boko Haraam. 

La declaratoria de FTO la realiza el Secretario de Estado, previa consulta con el Fiscal General y con el Secretario del Tesoro. El Congreso de Estados Unidos debe de ser notificado siete días antes de que se lleve a cabo la declaratoria.

Los criterios para designación de FTO son amplios y flexibles, los cárteles de la droga califican con facilidad:

  • Las organizaciones deben ser extranjeras y estar involucradas en “actividades terroristas”, o tener la capacidad o intención de hacerlo.
  • Las actividades deben representar una amenaza para los ciudadanos o para la seguridad de Estados Unidos, incluyendo afectaciones económicas.

Se entiende por “actividad terrorista” de FTO cualquier actividad que sea ilegal según las leyes de Estados Unidos o del lugar donde se comete, siempre que implique:

  • El secuestro o sabotaje de cualquier medio de transporte: aviones, buques o vehículos.
  • La captura de rehenes, así como la amenaza de matar o herir a otra persona para obligar a una tercera persona, incluyendo una dependencia gubernamental, a realizar o abstenerse de cualquier acto.
  • Un asesinato.
  • El uso de cualquier agente biológico o químico; arma o dispositivo nuclear; explosivos, armas de fuego o dispositivos peligrosos.
  • Un ataque contra una “persona internacionalmente protegida” o contra la libertad de dicha persona, como jefes de Estado o funcionarios gubernamentales en el extranjero.

Si los cárteles de la droga fueran designados como FTO, las implicaciones para México serían profundas:

  1. Intervenciones militares: podría justificar operaciones militares directas contra esos cárteles (FTO), como lo ha hecho contra grupos terroristas de Medio Oriente. incluyendo ataques con drones e incursiones especiales.
  2. Mayor presión sobre México: Se intensificaría la presión sobre el gobierno mexicano, para que permita mayor intervención de agencias como la DEA y el FBI en nuestro territorio.
  3. Congelación de activos: En Estados Unidos se congelarían los activos de los cárteles o de cualquier persona o empresa vinculada a ellos.
  4. Restricciones financieras: Se dificultaría el flujo de dinero a través del sistema financiero internacional, incluyendo mayores restricciones a las empresas mexicanas que tienen cuentas en el extrajero.
  5. Sanciones penales: Las penas para quienes colaboren con los cárteles serían más severas, y podrían incluir acusaciones contra periodistas o intermediarios por “apoyo material al terrorismo”.
  6. Refuerzo de la frontera: Estados Unidos podría usar esta designación como justificación para implementar medidas más restrictivas en la frontera con México.

La designación de los cárteles como FTO podría intensificar la guerra contra el narcotráfico, pero también complicaría las relaciones diplomáticas entre México y Estados Unidos. Además, podría desestabilizar aún más a México al generar una mayor presión internacional.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.