Medios alternativos de solución de controversias en el TFJA

Medios alternativos de solución de controversias en el TFJA

A partir del 13 de mayo, los medios alternativos de solución de controversias podrán ser utilizados en los procedimientos que se siguen ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

Los antecedentes remiten a la publicación de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en enero de 2024, la cual fue expedida por el Congreso de la Unión a partir del texto constitucional que desde 2017  lo facultó para emitir una ley general en la que debían establecerse los principios y bases en materia de MASC, con excepción de la materia penal. 

Esta ley tiene como objetivo garantizar el acceso a una justicia alternativa, caracterizada por la confidencialidad, voluntariedad, neutralidad y gratuidad, y podrá ser impartida por Centros Públicos y Privados. Se definen los diferentes mecanismos como mediación, conciliación, negociación colaborativa y arbitraje, y se establecen los requisitos para las personas facilitadoras, incluyendo su certificación y responsabilidades.

La regulación específica de los MASC en materia de justicia administrativa, en el capítulo VIII de la ley, establece que estos procedimientos serán aplicables en controversias entre particulares y organismos de la administración pública o de órganos constitucionales autónomos. En esta materia no podrá utilizarse el arbitraje, además de otras limitaciones como por ejemplo, las sanciones administrativas, asuntos agrarios y de comercio exterior, en los que no proceden los MASC.  

Tanto el TFJA, como los tribunales de justicia administrativa de las entidades federativas, deberán crear Centros Públicos de solución de controversias, que serán los órganos facultados para el ejercicio de los MASC.

Atendiendo a lo anterior, el TFJA emitió el Reglamento del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de justicia administrativa, mediante el Acuerdo SS/9/2025 del 30 de abril de 2025, y posteriormente publicó una nota para aclarar algunas erratas. El propio TFJA reformó su Reglamento Interior para contemplar al referido Centro Público, mediante Acuerdo SS/10/2025 del 14 de mayo.

Con la publicación el 12 de mayo en el Diario Oficial de la Federación del extracto del Reglamento del Centro Público, el TFJA deberá realizar los nombramientos y emitir los manuales para el que el Centro Público comience a atender los casos de MASC, tal como se muestra en la siguiente tabla:

 

Con la entrada en vigor del Reglamento del Centro Público, las partes con juicios en trámite ante el TFJA o que se encuentren pendientes de cumplimiento, podrán solicitar que sus controversias se resuelvan a través de MASC.

 
1 En la materia penal aplica la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, publicada en 2014.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.