El SAT frente a las empresas fantasma [Animal Político]

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Las autoridades actúan en forma implacable en contra de los contribuyentes que han realizado operaciones con ellas. Sin embargo, la misma determinación es nula cuando se trata de dependencias gubernamentales.

Las empresas fantasma existen legalmente: se constituyen ante notario público -por lo general con prestanombres-, se inscriben en el registro público de la propiedad y en el registro federal de contribuyentes, cuentan con firma electrónica, expiden comprobantes fiscales (CDFI) utilizando la plataforma del SAT, etcétera. Se les llama así porque sus operaciones son falsas, simuladas o inexistentes.

Al 1º de diciembre de este año, el SAT ha detectado 1,100 empresas fantasma y otras 1,596 que están bajo investigación. Sus operaciones las realizan con otros contribuyentes y con dependencias públicas, tanto para evadir impuestos como para financiar campañas políticas, cometer actos de corrupción y lavar dinero.

SAT

En materia fiscal, el SAT no sólo actúa en contra de las empresas fantasma, sino también en contra de los contribuyentes que celebraron operaciones con ellas. Estas operaciones se consideran como no realizadas y, por lo tanto, se pierde la deducibilidad para efectos del ISR y el acreditamiento en el IVA. Asímismo, los contribuyentes corren el riesgo de que se les acuse de defraudación fiscal y de un delito específico para quienes compran facturas falsas.

Como se señaló, las empresas fantasma se utilizan también para cometer actos de corrupción. El modo de operar es el siguiente: las dependencias públicas simulan contratos de obra o la prestación de servicios con ellas. Obvio que las obras y los servicios no se ejecutan, no obstante lo cual las dependencias pagan las contraprestaciones a las que se obligaron. Al efecto, las empresas fantasma les entregan los respectivos CFDI, expedidos a través de la plataforma del SAT. Veracruz y Chihuahua son ejemplos actuales y emblemáticos, pero lo cierto es que ese mecanismo se ha utilizado durante años por la mayoría de los estados (de igual manera por dependencias federales y municipales).

Cuando las autoridades fiscales detectan a las empresas fantasma, al mismo tiempo descubren los CFDI emitidos por estas a otros contribuyentes y a las dependencias públicas con las que han interactuado. Estos comprobantes son falsos, porque amparan operaciones inexistentes o simuladas. Ello significa que el SAT puede identificar no sólo los casos de evasión fiscal, sino también de desvío ilícito de recursos públicos.

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Respecto de las 1,100 empresas fantasma fichadas por el SAT, se ha visto que las autoridades actúan en forma implacable en contra de los contribuyentes que han realizado operaciones con ellas. Sin embargo, la misma determinación es nula cuando se trata de dependencias gubernamentales. Las autoridades fiscales tienen la relación completa de los CFDI falsos. No hay excusa para abstenerse de actuar en contra de la corrupción que se articula por funcionarios públicos.

Con las facturas falsas emitidas por empresas fantasma, los contribuyentes omiten impuestos y cometen delitos fiscales. Para los funcionarios públicos el tema es más delicado, pues además incurren, en forma directa, en delitos de corrupción, lavado de dinero y delincuencia organizada.

El SAT, la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP y la PGR tienen mucho por hacer en la lucha contra la corrupción. Las empresas fantasma proporcionan material útil para esos efectos.

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Experto en temas jurídicos, con más de 40 años de experiencia. Es socio director de PDEA Abogados, despacho especializado en derecho fiscal y administrativo en la Ciudad de México.